Me quiero divorciar y mi pareja se niega - ASLEG Abogados
Me quiero divorciar y mi pareja se niega

Me quiero divorciar y mi pareja se niega

Si te encuentras en ésta situación, es necesario que sepas que igualmente puedes divorciarte sin el consentimiento de tu cónyuge. ¿La razón? Nadie está obligado a permanecer unido en matrimonio con una persona, cuando ya no lo desee: sea por:

  • falta de amor,
  • incompatibilidad de caracteres, o
  • cuando haya ruptura prolongada de la vida en común de los cónyuges (tienen mucho tiempo que no tienen vida de esposos).

Si este es tu caso, podrás solicitar el divorcio asistido de abogado, por algunas de éstas causales, con la sola manifestación de voluntad y la copia certificada del acta de matrimonio, y el Tribunal deberá divorciarte.

El Tribunal competente para ello, dependerá si tienes o no hijos menores dentro del matrimonio:

  • En caso de no tener hijos menores o hijos mayores de edad, dentro del matrimonio, el tribunal competente será el civil de la localidad de su último domicilio conyugal.
  • En caso de hijos menores de edad habidos dentro del matrimonio, el tribunal competente será el tribunal con competencia en LOPNNA de la localidad de su último domicilio conyugal.

Presentada la solicitud, el tribunal deberá declarar divorcio y disuelto el vínculo matrimonial que los unía, sin necesidad de prueba alguna: solo la manifestación de voluntad de no querer seguir casado por algunas de las razones señaladas.

El fundamento de ésta nueva modalidad del divorcio, es el ejercicio del derecho constitucional del solicitante al libre desenvolvimiento de su personalidad, de adquirir un estado civil distinto, el de constituir legalmente una familia, y otros derechos sociales que son intrínsecos a la persona. El permanecer casado sin desearlo, atenta contra todos ellos.

El procedimiento a seguir es muy sencillo, porque es de jurisdicción voluntaria, no hay contradictorio ni peleas. La idea es entender el divorcio como una solución al conflicto marital surgido entre los cónyuges, con el propósito de la protección familiar y de aligerar la carga emocional de la misma. Criterios éstos jurisprudenciales acogidos y ratificados por Sentencia Nº 446/2014 de la Sala Constitucional y la Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia.

En ASLEG Abogados, contamos con los especialistas que con soluciones rápidas, sencillas y eficaces, te asistirán en todo este proceso legal, para lograr tu propósito.

 

Por ASLEG Abogados,

 Abog. Rosana Andrea Bielinis Spada

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