El 19 de diciembre de 2024, se publicó en la Gaceta Oficial N° 43.032 la nueva Providencia Administrativa SNAT/2024/000102, dictada el 17 de octubre de 2024. Esta norma regula el uso de medios digitales para la emisión de facturas y otros documentos fiscales, afectando tanto a empresas como a personas naturales que realizan transacciones electrónicas. Es decir, esta nueva Providencia Administrativa tiene por objeto la Regulación de facturación digital en Venezuela.
A continuación, te explicamos los puntos más importantes de esta nueva regulación de manera clara y sencilla.
Evolución hacia la facturación digital
La Providencia no introduce una «factura electrónica» en el sentido estricto, sino lo que se denomina «factura digital«. Este cambio refleja un avance respecto a la normativa anterior, que restringía el uso de medios digitales. Ahora, la nueva norma flexibiliza y regula formalmente su aplicación, permitiendo que más contribuyentes se adhieran al sistema de facturación digital.
Documentos regulados bajo la nueva norma
La Providencia abarca no solo las facturas, sino también otros documentos fiscales, tales como:
- Notas de débito y crédito.
- Órdenes de entrega o guías de despacho.
- Comprobantes de retención de impuestos.
Esto amplía el alcance de la normativa para adaptarse mejor a las necesidades del comercio moderno, en el que las transacciones electrónicas son cada vez más comunes.
¿Quiénes están obligados a cumplir con esta norma?
- Operaciones exclusivamente electrónicas (Artículo 4)
Las personas naturales o jurídicas que realicen todas sus operaciones comerciales exclusivamente a través de medios electrónicos o portales web deben emitir facturas y otros documentos mediante medios digitales.
Importante: Si una empresa realiza tanto operaciones electrónicas como presenciales, no está obligada a emitir facturas digitales para las operaciones presenciales. Sin embargo, tiene la opción de hacerlo si lo desea.
- Usuarios de máquinas fiscales (Artículo 5)
Los contribuyentes que están obligados a utilizar máquinas fiscales para sus transacciones deben usar medios digitales solo para las operaciones realizadas a través de medios electrónicos o portales web. Esto implica que:
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- Las transacciones presenciales seguirán usando la máquina fiscal.
- Las operaciones realizadas en línea deberán ser documentadas mediante la facturación digital.
Por ejemplo, una empresa que realice ventas en una tienda física y también a través de su página web deberá separar los registros: uno para las máquinas fiscales y otro para la facturación digital.
Requisitos para las facturas digitales
Las facturas emitidas bajo este régimen deben cumplir con ciertos requisitos, como:
- Numeración única y consecutiva.
- Identificación completa del emisor y receptor (RIF, domicilio fiscal, etc.).
- Detalles claros de la operación: descripción, precios, impuestos aplicables y montos totales.
- Inclusión del número de control asignado por imprentas digitales autorizadas.
Recomendaciones clave para la emisión de la factura digital
- Numeración separada: Las operaciones realizadas por medios digitales deben registrarse de manera separada en el Libro de Ventas, tal como establece la Ley del IVA.
- Medios de contingencia: En caso de fallas de conexión a Internet o electricidad, se permite el uso de talonarios físicos. Estos deben ser registrados en el sistema una vez superada la contingencia.
- Asesoría profesional: Dada la complejidad de la normativa, es recomendable consultar con el SENIAT o con asesores tributarios especializados para asegurarse de cumplir correctamente con los requisitos.
- Aspectos a considerar: Es importante aclarar que no todas las operaciones electrónicas están obligadas a esta normativa. Solo aquellas que se realicen exclusivamente a través de medios digitales deben cumplir con las disposiciones de la Providencia.
Obligaciones de las imprentas digitales
Las imprentas autorizadas desempeñan un papel clave en este sistema, asegurando:
- La asignación de números de control.
- La seguridad y confidencialidad de los datos procesados.
- El acceso al SENIAT para auditorías electrónicas.
Disposiciones finales
Esta Providencia entrará en vigor tres meses después de su publicación en la Gaceta Oficial, derogando la Providencia SNAT/2014/0032. Además, establece sanciones para quienes no cumplan con sus disposiciones, conforme al Código Orgánico Tributario.
Conclusión
La Providencia SNAT/2024/000102 marca un paso importante hacia la digitalización de la gestión fiscal en Venezuela. Sin embargo, su correcta implementación requiere entender bien sus alcances y contar con el acompañamiento adecuado. En Asleg Abogados, estamos disponibles para ayudarte a cumplir con estas nuevas regulaciones y garantizar que tu empresa se mantenga al día con las obligaciones fiscales.
Nota: La información proporcionada en este artículo tiene carácter informativo y no constituye asesoría legal. Es importante que consulte con un profesional especializado para obtener un análisis personalizado de su caso.